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La Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es fundamental en todos los sectores y también se aplica a los autónomos. Toda empresa debe contar con un plan de prevención que incluya, en los casos en loa que sea necesario, el uso de EPIs.
Aquellas que tienen trabajadores discapacitados no solo no constituyen una excepción, sino que en ocasiones pueden necesitar todavía más protección.
En primer lugar, hay que considerar si se trata de un trabajador especialmente sensible. Lo es si por su estado biológico conocido o si por sus características personales se enfrentan a mayores consecuencias al exponerse a los riesgos derivados del trabajo. En esta definición, que viene recogida en el art. 35 de la Ley de PRL, se incluyen a las personas a las que se les ha reconocido la situación de discapacidad física, psíquica o sensorial.
El empresario tendrá que garantizar la protección de los trabajadores definidos, por imperativo legal, y de acuerdo con el sector en el que trabaje, los riesgos derivados y las circunstancias del empleado. Además, la vigilancia de su salud se someterá a protocolos concretos que tenga en cuenta los riesgos a los que se exponga el trabajador. Un plan de acogida puede ser fundamental, además de fomentar la integración con los demás trabajadores.
En primer lugar, el uso de EPIs es necesario cuando haya riesgos para la salud o para la seguridad de los trabajadores si no pueden evitarse o limitarse de manera suficiente por medidas de organización del trabajo o por medios técnicos. Es posible que en el caso de los trabajadores con discapacidad, dependiendo del tipo de la misma, sean necesario EPIs para como medida de garantía suficiente de su seguridad o de la salud en el ámbito laboral.
Otras medidas preventivas son la preparación del entorno, la adaptación del plan de emergencia al empleado, así como del puesto de trabajo. También, la reorganización de las tareas para que los riesgos queden minimizados y la ergonomía del puesto. Aportarle una información suficiente al trabajador sobre el desarrollo de sus tareas es igualmente una de las bases de la prevención, así como aportarle una supervisión y una información suficiente.
Las medidas de PRL para un trabajador con discapacidad suelen ser las mismas que las de los trabajadores que no la tienen (EPIs, formación, etc.), por lo que no se acogen a una ley específica, sino a las indicaciones de la propia LPRL. La razón principal es que no se puede crear un precepto único, puesto que la prevención inclusiva debe tener en cuenta las características de cada empleado, con discapacidad o sin ella.
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